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Nueva ley de seguridad vial

Iniciado por alf_de_melmak, 07 de Noviembre de 2009, 11:29:24

alf_de_melmak

Copio y pego:

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 29 de Octubre la reforma de la Ley de Seguridad Vial con el propósito de adecuar su contenido a la realidad actual.

En general los objetivos de la nueva Ley son: Minimizar el tiempo que transcurre entre la infracción y la sanción; evitar la impunidad de algunos conductores; y facilitar el acceso electrónico de los ciudadanos para consultas de tráfico y sanciones.

¿En qué puntos se modifica la Ley?
1. Uno de los objetivos es evitar la impunidad de algunos conductores y reducir los tiempos de tramitación. Se introduce como novedad la notificación electrónica, obligatoria para empresas titulares de vehículos. También se amplía de uno a cuatro años el plazo que tiene la Administración para exigir al infractor el importe de la multa no abonada.

2. Se elimina la suspensión temporal del permiso de conducción como medida sancionadora. Sólo se retirará el permiso de conducción cuando se agote el saldo de puntos.

3. Se establece una cuantía fija para sanciones leves (hasta 100 euros), graves (200 euros) y muy graves (500 euros) . El importe de las sanciones por exceso de velocidad seguirá dependiendo del porcentaje rebasado sobre el límite.

4. Se establece un descuento del 50% por pronto pago. Pero los infractores que decidan recurrir no podrán acogerse a este descuento. Además, para aquellos infractores que ni paguen ni aleguen, la nueva Ley castiga su inactividad y será la Administración la que ejecutará la sanción en el plazo de 30 días desde que se comete la infracción.

5. Las sanciones por exceso de velocidad se unifican en todo el territorio nacional y serán aplicables por todas las Administraciones.

6. El periodo de transcripción de las sanciones graves y muy graves pasa de doce meses a seis. A partir del día de la infracción.

7. El importe de las sanciones ira íntegramente destinado a proyectos de seguridad vial, prevención de accidentes y ayuda a las víctimas.

8. Las infracciones que conllevan pérdida de puntos se reducen de 27 a 20. En cambio, se incrementa la pérdida de puntos y la sanción para quienes utilizan inhibidor de radares (se pasa de 2 a 6 puntos y de 150 a 6.000 euros de multa) y a quienes colaboren en la manipulación del tacógrafo (6 puntos).
Se incluyen como nuevas infracciones programar el navegador conduciendo o el caso de que el titular del vehículo permite que éste sea conducido por alguien que no tiene el permiso de conducir.

¿Cuándo entrará en vigor?
La reforma de la ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE, excepto en los artículos que se refieren a conductores habituales y al Tablón Edictal, cuya aplicación legal será en el plazo de un año.
Sólo en el caso de las modificaciones que favorecen a conductores infractores contra los que se instruyen expedientes, la entrada en vigor será al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La fecha de publicación en el BOE todavía no se conoce.





Bajo mi punto de vista es una de las pocas cosas en las que estoy deacuerdo con er Pere
Lo que me parece una verguenza que hasta el dia 29 no se aprobara que la recaudacion de las multas vayan INTEGRAS para la seguridad vial y para ayudar a los afectados de accidentes YA ERA HORA COJONES!!!!!
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Mi Web: www.modainfantiljosemaria.com

Gallocanto

No veo nada, uhmm..., malo, por decirlo de alguna manera.

Un saludo

renaultcar

7. El importe de las sanciones ira íntegramente destinado a proyectos de seguridad vial, prevención de accidentes y ayuda a las víctimas.

POR FIIIIIIIN, por fin hacen algo decenteeeeeee (aunque no me lo creo la verdad......y ese es el problema......)

Dj_Nick

Del primer borrador que yo publiqué a éste, hay un buen trecho. Estoy a la espera de que me manden toda la nueva normativa específica.
ATENCIÓN: Photobucket está capando funciones y limitando el número de imágenes almacenadas en cuentas gratuitas. Si no veis alguna de mis fotos, mandadme un MP y lo intentaré solucionar lo antes posible.

ASExtreme

Pues no esta mal...por decir algo, pero bueno, de lo malo no es lo peor  :p:

Aquí mi culoncete-->http://www.clubmeganeii.com/index.php/topic,23442.0.html<--1.9 dCi 130cv

freakish

Si de verdad el punto 7 se llevara a cabo me parecería muy bien, luego ya veremos si se hace o no...

Lo único que me parece un poco mal es que han modificado el asunto para que todo el mundo al que pillen suelte la pasta y punto. Aumentan el tiempo para poder notificarte una multa hasta 4 años y si pagas para reducir el importe no podrás recurrirla. Pues parece que lo único que buscan es el dienro fácil y rápido...



Dj_Nick

Ya se empiezan a desvelar los pormenores de la nueva ley. Aunque este punto ya se encontraba registrado, y se han dado casos 'curiosos' de multas por distracciones (como aquel al que multaron por urgarse reiteradamente las orejas), a partir de ahora, se da rienda suelta a multar todas las distracciones.
La sanción: 150 € y 3 puntos.
Las más habituales: teléfono móvil, manejar GPS, manejo de documentos.
Las que no se multaban: encenderse un piti, manejar la radio, comer o beber o maquillarse en un atasco.

Se deja a decisión del agente, si alguna conducta similar es susceptible de provocar distracciones.
ATENCIÓN: Photobucket está capando funciones y limitando el número de imágenes almacenadas en cuentas gratuitas. Si no veis alguna de mis fotos, mandadme un MP y lo intentaré solucionar lo antes posible.

jguardian

3. Se establece una cuantía fija para sanciones leves (hasta 100 euros)

eso no es cuantía fija :-E
Renault Megane II 1.5 dCi 100cv