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Movilideas unos sinvergüenzas ( problema con Kit de xenon)

Iniciado por nacka, 28 de Octubre de 2009, 14:14:25

kronoss88

Yo en esta página he comprado varias veces, y sólo he tenido problemas 1 vez. Esta página está muy bien si no tienes problemas, en cuanto se presenten los problemas ya no te sale rentable. Os cuento mi caso:
- Pido unos sensores de aparcamiento, me dispongo a montarlos y no funcionan, total que lo compruebo y el problema estaba en el zumbador. Llamo para comunicárselo, y la solución es que les envíe el paquete de nuevo, les digo que si no me pueden mandar un zumbador y listo, que está más que comprobado que era ese el problema. Total que al final tengo que mandarlo y gastarme 8 o 9€. Cuando me llegan de nuevo, los pruebo y lo que no funciona ahora es la centralita. Ya directamente pasé de mandarlos porque entre gastos de envío unas cosas y otras, sale más caro que si pedía otro y listo.
Por los demás, si es cierto que me han ido bien. Como os digo, sólo he tenido un problema

JoseOtero

muchas gracias por contestar, tengo otra pregunta si le pongo el kit xenon 35w de 6000k  H7 que es la qe lleva nuestro megane. el kit sale en 48 euros y no trae antifallos que otros si, nuesto megane da fallo o no hace falta ponerle eso, un colega se lo ha puesto y no le da fallo alguno de vosotros ha dado fallo? esta semana que viene los comprare y creo que comprare esos lo de esta tienda algunos los teneis para saber como van
 
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JoseOtero

Bueno quiero que me deis vuestra opinion cuanto antes y las mes posible quiero comprarlo pero compro este o me recomendais otro kit xenon que nada mas o menos igual de precio o 60 euros por ahi q este bien y si teneis este alguno decirme como va un saludo
 
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kronoss88

Nuestro megane no te dice si llevas la bombilla fundida, por tanto no tendrás problemas por eso.
Compra un clearvision que funciona muy bien.

JoseOtero

muchas gracias pues ya me lo han dicho tambien ese otros pues a comprarlo jeje venga un saludo esto es la caña aqui se resuelven todas las dudas que tengamos
 
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darkoptic

Hola...

Os cuento...

En principio la ley dice que puedes usar el derecho de desestimiento...

Si tú no estás convencido de los que has comprado via internet, correo, telefono o televisión, lo puedes devolver sin dar ninguna explicación, si bien la empresa vendedora te puede exigir que te hagas cargo de los gastos de envío. en el caso de que lo que quieras es cambiar el producto por otro, tú tienes que hacerte cargo de los gastos de envío, pero ellos tienen que pagar los gastos de la pieza nueva.

Mi recomendación, es que lo devuelvsa y te den el dinero (todo lo que pagaste), o sino mandarlo de vuelta y que te envíen un nuevo producto de similares características pagando o devolviendo la diferencia de precio..... sin pagar tú los gastos de envío.

Otra cosa, es que por ley, si tu tienes un problema con un producto y lo envías, si ese producto "se acepta como RMA" (por tanto se deduce que está mal), son ellos los que s tienen que encargar de los gastos de envío de la vuelta del producto.

Os dejo la ley.

CitarEl artículo 44 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista regula el derecho al desistimiento en las ventas a distancia (entendiéndose por tales las celebradas sin la presencia física simultánea de comprador y vendedor, realizándose la oferta y su aceptación mediante cualquier técnica de comunicación a distancia).

El precepto establece lo siguiente:

Artículo 44. Derecho de desistimiento.

1. El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato sin penalización alguna y sin indicación de los motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que determine qué días han de tenerse por hábiles.

2. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho.

3. El derecho de desistimiento no puede implicar la imposición de penalidad alguna, si bien podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de devolución del producto al vendedor.

No obstante lo anterior, en los supuestos en que el vendedor pueda suministrar un producto de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor, los costes directos de devolución, si se ejerce el derecho de desistimiento, serán por cuenta del vendedor que habrá debido informar de ello al consumidor.

Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo.

4. A efectos del ejercicio del derecho de desistimiento, el plazo se calculará a partir del día de recepción del bien, siempre que se haya cumplido el deber de información que impone el artículo 47.

5. En el caso de que el vendedor no haya cumplido con tal deber de información, el comprador podrá resolver el contrato en el plazo de tres meses a contar desde aquel en que se entregó el bien. Si la información a que se refiere el artículo 47 se facilita durante el citado plazo de tres meses, el período de siete días hábiles para el desistimiento empezará a correr desde ese momento. Cuando el comprador ejerza su derecho a resolver el contrato por incumplimiento del deber de información que incumbe al vendedor, no podrá éste exigir que aquel se haga cargo de los gastos de devolución del producto.

6. Cuando el comprador haya ejercido el derecho de desistimiento o el de resolución conforme a lo establecido en el presente artículo, el vendedor estará obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de treinta días desde el desistimiento o la resolución. Corresponde al vendedor la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo. Transcurrido el mismo sin que el comprador haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.

7. En caso de que el precio haya sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido al comprador por parte del vendedor o por parte de un tercero previo acuerdo de éste con el vendedor, el ejercicio del derecho de desistimiento o de resolución contemplados en este artículo implicará al tiempo la resolución del crédito sin penalización alguna para el comprador.

8. El transcurso del plazo del derecho de desistimiento sin ejecutarlo no será obstáculo para el posterior ejercicio de las acciones de nulidad o resolución del contrato cuando procedan conforme a derecho.

Un saludo